BetZula
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Documento que describe los procedimientos de verificación de identidad y prevención de lavado de activos aplicados por BetZula en Argentina.

Política AML/KYC de BetZula

Política de Prevención de Lavado de Activos y Verificación de Identidad (AML/KYC) de BetZula en Argentina

Description (D): Política oficial de BetZula sobre prevención de lavado de activos y verificación de identidad de clientes en Argentina, conforme a la normativa de la UIF, AFIP y reguladores provinciales.

H1: Política AML/KYC de BetZula

  1. Introducción y marco normativo

BetZula opera como sujeto obligado en materia de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo (AML/CFT) conforme a la legislación argentina vigente. El marco regulatorio aplicable está establecido principalmente por la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo nacional competente en esta materia.

A partir del 1 de diciembre de 2023, la Resolución UIF N.º 194/2023 constituye la norma específica aplicable a los explotadores de juegos de azar, tanto presenciales como digitales. Esta resolución derogó la Resolución UIF N.º 199/2011 e introdujo un enfoque basado en riesgo, con obligaciones reforzadas de identificación de clientes, monitoreo de operaciones y reporte a las autoridades competentes.

Adicionalmente, BetZula cumple con las disposiciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en virtud de la Resolución General 5228/2022, que regula el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas para plataformas digitales, así como con las normas dictadas por los reguladores provinciales correspondientes a la jurisdicción en la que opera.

  1. Alcance y obligaciones generales

BetZula está comprendida dentro de la categoría de sujetos obligados definida por la UIF, que incluye a toda persona física o jurídica que explote juegos de azar a través de Internet u otros medios electrónicos. En consecuencia, BetZula tiene las siguientes obligaciones:

  • Implementar un programa interno de prevención AML/CFT basado en riesgo.
  • Identificar y verificar la identidad de los clientes antes de iniciar o mantener una relación comercial.
  • Monitorear de forma continua las operaciones de los clientes según su perfil de riesgo.
  • Reportar operaciones sospechosas a la UIF cuando corresponda.
  • Presentar Reportes Sistemáticos Mensuales y Anuales conforme a los plazos establecidos.
  • Controlar en forma permanente el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
  • Conservar la documentación de verificación y los registros de operaciones por un período mínimo de cinco años.

3. Proceso de verificación de identidad (KYC)

3.1 Activación del proceso KYC

En el canal digital, el proceso de verificación de identidad se activa desde el momento del registro del cliente en la plataforma de BetZula. No es posible operar, realizar depósitos ni retirar fondos sin haber completado satisfactoriamente el proceso de verificación.

3.2 Documentación requerida

Para completar el proceso KYC, el cliente debe proporcionar la siguiente información y documentación:

  • Nombre y apellido completos.
  • Número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Fecha de nacimiento.
  • Domicilio declarado.
  • Copia del documento de identidad vigente (frente y dorso).

BetZula conserva copia de los documentos de identidad presentados como parte del expediente KYC de cada cliente, conforme a lo exigido por la Resolución UIF N.º 194/2023.

3.3 Verificación contra bases oficiales

La identidad declarada por el cliente es validada contra bases de datos oficiales, incluyendo el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). En los casos en que la normativa provincial aplicable lo exija, BetZula implementa verificación biométrica 1:1 mediante el Sistema de Identidad Digital (SID), que puede requerirse en el momento del alta, en accesos posteriores y en operaciones de alto riesgo.

3.4 Verificación de edad

La verificación de la mayoría de edad es parte integral del proceso KYC. BetZula no permite el acceso ni la operación a personas que no acrediten ser mayores de edad conforme a la legislación argentina aplicable. La verificación se realiza a través de los documentos de identidad presentados y su contraste con los registros oficiales.

  1. Niveles de debida diligencia

BetZula aplica distintos niveles de debida diligencia en función del perfil de riesgo asignado a cada cliente, el canal de operación y el tipo de transacción:

  • Nivel simplificado: clientes con perfil de riesgo bajo, operaciones de bajo monto y sin señales de alerta identificadas.
  • Nivel estándar: clientes con perfil de riesgo medio, con verificación completa de identidad y monitoreo regular de operaciones.
  • Nivel reforzado: clientes con perfil de riesgo alto, personas expuestas políticamente (PEP), operaciones que superen umbrales establecidos o que presenten señales de alerta.

BetZula elabora y mantiene actualizado un perfil transaccional de cada cliente, que sirve de referencia para detectar desviaciones o comportamientos inusuales.

  1. Monitoreo continuo de operaciones

BetZula realiza un monitoreo permanente de las operaciones de sus clientes. Este proceso incluye:

  • Revisión periódica y actualización de la información de cada cliente según su clasificación de riesgo.
  • Detección de operaciones que presenten señales de alerta definidas por la UIF para el sector de juegos de azar.
  • Identificación de patrones de comportamiento inconsistentes con el perfil declarado del cliente.
  • Control de operaciones que superen los umbrales establecidos por la normativa vigente.

Cuando se detecta una operación que puede estar vinculada a actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo, BetZula procede a elaborar y remitir un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF en los plazos previstos por la normativa.

  1. Autoevaluación de riesgos y revisión externa

Conforme a la Resolución UIF N.º 194/2023, BetZula elabora un Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos y una declaración formal de tolerancia al riesgo. Asimismo, el sistema preventivo de BetZula está sujeto a una revisión externa independiente periódica, cuyos resultados son considerados para la actualización de políticas y procedimientos internos.

  1. Verificación de personal

BetZula verifica los antecedentes policiales y judiciales de sus directores, gerentes, empleados y colaboradores, tanto propios como tercerizados, conforme a las obligaciones establecidas por la Resolución UIF N.º 194/2023. Esta verificación se realiza al momento de la incorporación y se actualiza periódicamente.

  1. Consecuencias del incumplimiento KYC

La falta de presentación o la presentación incompleta de la documentación requerida tiene las siguientes consecuencias:

  • Imposibilidad de completar el registro como cliente de BetZula.
  • Suspensión o restricción de la cuenta hasta que se complete la verificación.
  • Imposibilidad de retirar fondos o cobrar premios.
  • Cierre de la cuenta en caso de que la documentación presentada resulte falsa, inconsistente o no verificable.

BetZula se reserva el derecho de solicitar documentación adicional en cualquier momento si así lo requiere el proceso de debida diligencia o si se identifican señales de alerta asociadas a la cuenta.

  1. Conservación de registros

BetZula conserva toda la documentación relacionada con la verificación de identidad de sus clientes y con el registro de operaciones por un período mínimo de cinco años, contados desde la fecha de la operación o desde la extinción de la relación comercial, según corresponda. Esta obligación se aplica conforme a lo dispuesto por la Resolución UIF N.º 17/2003 y la normativa específica del sector.

  1. Contacto y consultas

Para consultas relacionadas con esta política o con el proceso de verificación de identidad, el cliente puede comunicarse con el equipo de cumplimiento de BetZula a través de los canales de atención habilitados en la plataforma. Las solicitudes relacionadas con documentación KYC son gestionadas exclusivamente por el área de cumplimiento normativo.